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Conducir exige concentración y libertad de movimientos. Cada decisión al volante influye en nuestra seguridad y la de los demás. Pero, ¿cómo influye tu vestimenta? Más allá de la comodidad, la ropa que elegimos puede tener implicaciones legales y afectar a nuestra capacidad de reacción. En este artículo, desgranaremos las normativas de la Dirección General de Tráfico (DGT) para que sepas qué está permitido y qué podría ponerte en un aprieto, tanto con la ley como con tu propia seguridad.
¿Qué dice la normativa de la DGT sobre la vestimenta al conducir?
Es una pregunta recurrente, y la respuesta directa es que la DGT no tiene un listado explícito de prendas prohibidas o permitidas. No existe un artículo en el Reglamento General de Circulación que diga «no se puede conducir con chanclas» o «es obligatorio llevar camiseta». Sin embargo, esto no significa que tengamos carta blanca.
La clave reside en el Artículo 18.1 del Reglamento General de Circulación, que establece:
«El conductor de un vehículo está obligado a mantener su propia libertad de movimientos, el campo necesario de visión y la atención permanente a la conducción que garanticen su propia seguridad […].»
Este artículo es la base sobre la que se interpretan las posibles sanciones. Si bien no prohíbe una prenda específica, sí obliga al conductor a asegurar que nada limite su libertad de movimientos, su campo de visión o su atención. Es decir, si tu forma de vestir compromete cualquiera de estos tres pilares, podrías estar cometiendo una infracción.
La interpretación recae en el agente de tráfico, quien evaluará si tu atuendo representa un riesgo para la seguridad vial.
Prendas y accesorios comunes: ¿permitidos o sancionables?
Ahora que entendemos el marco legal, desglosaremos algunas de las dudas más frecuentes sobre prendas y accesorios.
Es importante recordar que, aunque no haya una prohibición explícita, la interpretación del agente es clave y la sanción dependerá de si considera que tu vestimenta compromete la seguridad.
Conducir con chanclas o sandalias
Esta es una de las preguntas más populares. ¿Se puede conducir con chanclas? Aunque no esté prohibido de forma explícita, es altamente desaconsejable y puede ser motivo de sanción.
Las chanclas o sandalias abiertas no sujetan el pie adecuadamente, lo que puede provocar que se enganchen en los pedales, se resbalen o impidan una presión adecuada y rápida sobre el freno o el acelerador. Esto compromete gravemente la libertad de movimientos y la capacidad de reacción.
La multa por conducir con un calzado inadecuado que limite la libertad de movimientos suele ser de 80 euros, sin retirada de puntos, ya que se considera una infracción leve.
Conducir sin camiseta
Tampoco existe una norma que prohíba expresamente conducir sin camiseta, pero puede suponer una infracción. Principalmente por dos motivos:
- Seguridad en caso de accidente: El cinturón de seguridad puede causar abrasiones graves en la piel desnuda en caso de frenada brusca o colisión.
- Distracciones: El agente podría interpretar que conducir sin camiseta puede generar distracciones a otros conductores o peatones.
La sanción varía en función de la interpretación del agente. Si considera que hay una alteración leve en la seguridad, puede imponer una multa de 80 euros. Si el riesgo es mayor, puede ascender a 200 euros e incluso implicar la pérdida de puntos.
Conducir con gorra o capucha
¿Se puede conducir con gorra? ¿Y con capucha? Ambas son legales en principio, pero deben permitir una buena visibilidad periférica. Una gorra con visera demasiado larga o una capucha que obstaculice los laterales puede dificultar el control del entorno, y eso vulnera el artículo 18.1.
Si el agente determina que afecta al “campo necesario de visión”, puede aplicar una sanción leve. En estos casos, lo recomendable es quitarse cualquier accesorio que bloquee la visión antes de arrancar.
La multa, de nuevo, se enmarcaría en el Artículo 18.1 y podría ascender a 80 euros, sin puntos.
Conducir con tacones
Los tacones, especialmente los de aguja o plataforma, son un claro ejemplo de calzado que puede limitar la libertad de movimientos y la sensibilidad sobre los pedales. ¿Se puede conducir con tacones? Su uso puede generar riesgos reales: falta de precisión en los pedales, posibilidad de que el tacón se enganche o falta de sensibilidad al frenar. Según el RACE, el 36 % de las mujeres ha conducido alguna vez con este tipo de calzado, a pesar de conocer sus riesgos.
Una vez más, el criterio del agente será determinante. Si se detecta que los tacones dificultan el control, la multa puede ser de hasta 80 euros, en función del nivel de peligro percibido.

Conducir con guantes
A diferencia de los casos anteriores, conducir con guantes no suele ser un problema, e incluso puede ser beneficioso. Muchos conductores los usan para mejorar el agarre del volante.
Mientras no sean excesivamente gruesos o resbaladizos y permitan una manipulación adecuada de los mandos, no hay objeción por parte de la DGT.
Otras consultas sobre la vestimenta al conducir
Más allá de las prendas más comunes, surgen otras dudas.
¿Puedo conducir descalzo?
Legalmente, sí se puede conducir descalzo, pero está desaconsejado. Según el informe del RACE, medio millón de conductores lo hace de forma frecuente. El riesgo de que el pie resbale o no ejerza la presión adecuada sobre los pedales está presente, por lo que, si afecta a la seguridad, también puede ser motivo de sanción. Esta infracción, si el agente considera que limita la libertad de movimientos o la seguridad, sería de 80 euros.
¿Es obligatorio llevar camiseta al conducir?
No es obligatorio, pero recomendable por seguridad y para evitar interpretaciones negativas por parte de los agentes. Además de proteger la piel en caso de accidente, ayuda a mantener una postura adecuada con el cinturón.
¿Puedo conducir con abrigo o chaqueta gruesa?
Un abrigo o chaqueta excesivamente gruesa puede limitar la libertad de movimientos de los brazos y el torso, dificultando la manipulación del volante o el acceso a los mandos. Además, puede impedir que el cinturón de seguridad se ajuste correctamente. Si el agente considera que limita tus movimientos, podría ser sancionable con 80 euros. Lo ideal es quitarse el abrigo antes de iniciar la marcha.
¿Se puede conducir con bañador o bikini?
No hay una prohibición expresa en la normativa, por lo que legalmente se puede. No obstante, al igual que ocurre al conducir sin camiseta, existen riesgos asociados: el cinturón puede provocar rozaduras en la piel desprotegida y, además, este tipo de vestimenta podría ser considerada una distracción por parte del agente. Si se interpreta que afecta a la seguridad o la atención, podría derivar en una sanción de hasta 80 euros.
En resumen, la clave para evitar sanciones y, lo que es más importante, para garantizar tu seguridad y la de los demás, es aplicar el sentido común. Cualquier prenda o accesorio que limite tu libertad de movimientos, tu campo de visión o tu atención a la conducción, es un riesgo y puede ser motivo de multa. Al volante, la comodidad no debe comprometer nunca la seguridad.