casa batllo barcelona sant jordi pixabay1348260 300x225 - ¿Cómo renuevo mi carnet de conducir?

¿Cómo renuevo mi carnet de conducir?

Renovar el carnet de conducir es un asunto burocrático que en un principio puede parecer engorroso, pero completamente necesario. Durante los últimos años, la Dirección General de Tráfico ha trabajado en simplificar estos procesos, pero sigue siendo un trámite que genera dudas, sobre todo entre quienes se disponen a hacerlo por primera vez. Hoy, en nuestra sección de Tips Motor de WikiDriver, explicamos este proceso paso a paso para facilitarte la vida.  

El carnet de conducir es el documento oficial que acredita, mediante una autorización administrativa, la capacidad para conducir vehículos en la vía pública de su acreedor. Este permiso está sujeto a una vigencia específica y esa vigencia depende, entre otras cosas, del buen uso que el conductor le haya dado. Si entre el momento en que se expidió el carnet de conducir y el momento en que se solicita la renovación, el conductor ha sufrido algún tipo de accidente o discapacidad que haya disminuido sus capacidades frente al volante, también se tomará en cuenta y es posible que la vigencia del nuevo permiso se vea reducida de forma preventiva.

Vigencias del carnet de conducir

Las vigencias del carnet de conducir español se otorgan en función del tipo de vehículo que se quiera conducir y la edad del solicitante:

  • Conductor con edad inferior a los 65 años: si busca un permiso de conducir de clase AM, A1, A2, A o B, la vigencia será de 10 años. Si busca un permiso de conducir de clase BTP, C1, C1+E, C, C+E, D1, D1+E, D Y D+E, la vigencia será de 5 años. 
  • Conductor de 65 años o más: si busca un permiso de conducir de clase AM, A1, A2, A o B, la vigencia será de 5 años. Si busca un permiso de conducir de clase AM, A1, A2, A o B, la vigencia será de 3 años. 

Renovación del carnet de conducir

Dependiendo del proceso que sigamos, la renovación del carnet de conducir será de una u otra manera. Es importante saber que no será posible hacerlo si un juez nos has prohibido el derecho de conducir vehículos a motor o si ha suspendido de forma cautelar o preventiva el permiso de conducir. Si ninguno de estos es tu caso, necesitarás los siguientes documentos para formalizar la solicitud de renovación: 

  • Solicitud en impreso oficial, disponible en las Jefaturas de Tráfico y en en la web de la DGT.
  • Pago de la tasa correspondiente (hasta 24,10 euros). Las personas mayores de 70 años están exentas de dicha tasa.
  • DNI, pasaporte o tarjeta de residencia originales en vigor para acreditar la identidad del solicitante. A los extranjeros comunitarios se les pedirá la autorización de residencia para comunitarios. 
  • Informe de aptitud psicofísica expedido por un Centro de Reconocimiento de Conductores autorizado.
  • Talón foto cumplimentado y firmado.

La renovación se hace con cita previa, que puede solicitarse mediante la web de la DGT o llamando al 060. El pago de las tasas es posible hacerlo en las jefaturas con tarjeta bancaria, se puede hacer mediante ingreso bancario en cualquier entidad o por Internet.